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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 259
OFENDIDA, VALOR DE SU DICHO. DELITOS SEXUALES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 259
En los delitos sexuales, el testimonio de la ofendida tiene un valor relevante, puesto que esta clase de actos, por su misma naturaleza, no se ejecutan delante de testigos, sino generalmente en la soledad.
Precedentes
Amparo directo 5285/57. Blas Navarro Roque. 27 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XCVIII, Segunda Parte, página 68, tesis de rubro "OFENDIDA, VALOR DE SU DICHO EN DELITOS SEXUALES.".