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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 273
RIÑA, PARTICIPACION EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 273
El daño a la integridad corporal del ofendido le es reprochable dolosamente al reo, si voluntariamente se adhirió a un evento que consideraba como una riña, pues es bien sabido que tratándose de esta estimativa, los adversarios cambian recíprocamente golpes entre sí con intención de dañarse, colocándose con ello en un plano de ilicitud.
Precedentes
Amparo directo 711/55. Jesús Cervantes. 4 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.