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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262786
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 291
VENTAJA (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 291
No concurre la calificativa de ventaja, aunque el número de los agresores era mayor, pues de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 305 del Código de Defensa Social, la ventaja únicamente debe ser considerada como calificativa, cuando sea tal que el delincuente no corra riesgo alguno de ser muerto ni herido por el ofendido, y en el caso a estudio, de las constancias se desprende que los ofendidos estaban armados y llegaron a disparar sobre el acusado y sus acompañantes, e inclusive lesionaron a uno de estos últimos.
Precedentes
Amparo directo 728/55. Miguel Teutli Macuitl. 3 de julio de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Franco Sodi y Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Carlos Franco Sodi.