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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIII, Segunda Parte; Pág. 19
CONDENA CONDICIONAL (MALA CONDUCTA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIII, Segunda Parte; Pág. 19
La negativa al beneficio de la condena condicional es inobjetable cuando el juzgador la funda en el hecho de tener el sentenciado algunos procesos pendientes, porque si tal circunstancia no lo clasifica como reincidente, sí es indicio de mala conducta.
Precedentes
Amparo directo 7908/58. José Ojeda Celis. 8 de mayo de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.