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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIII, Segunda Parte; Pág. 28
HOMICIDIO. CUERPO DEL DELITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIII, Segunda Parte; Pág. 28
Si en el dictamen de los médicos legistas se está significando que las lesiones fueron necesariamente mortales, la simple omisión del formalismo consistente en expresar que las lesiones fueron mortales, no deja injustificado el cuerpo del delito de homicidio, que puede acreditarse por cualquiera de los medios no prohibidos por la ley.
Precedentes
Amparo directo 4473/58. Francisco González Pantoja. 8 de mayo de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 87, esta tesis aparece bajo el rubro "HOMICIDIO. CUERPO DEL DELITO.".