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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 17
AGRAVIOS EN LA APELACION, FALTA DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 17
La falta de expresión de agravios en la máxima deficiencia de la queja y por tanto en esta situación más que en otra alguna, es en la que debe operar la suplencia. Esto es, que si el tribunal de alzada se abstiene de entrar al estudio de fondo de una sentencia por el solo hecho de que no hayan sido expresados agravios por el acusado o su defensor para la sustanciación del recurso, ante la expresa manifestación de inconformidad de sentenciado o de su defensor respecto de la resolución del a quo, la responsable debe analizar si se apegó o no a derecho y sólo después de estudiarla en el fondo puede confirmarla o modificarla, según proceda. Y si la responsable no suplió la deficiencia de la queja en vista de que no se expresaron agravios, se debe conceder el amparo al acusado para el efecto de que la responsable dicte nueva sentencia en la que analice si el a quo se apegó o no a derecho y, en su caso, confirme o modifique su sentencia.
Precedentes
Amparo directo 3610/56. Crisóforo Campos Barranco. 9 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XVIII, página 28. Amparo directo 4687/58. Eduardo Mendoza Llamas. 8 de diciembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Volumen XII, página 16. Amparo directo 4705/57. Francisco Nevárez Rodríguez. 24 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XVIII, Segunda Parte, página 163, tesis de rubro "AGRAVIOS EN LA APELACION, FALTA DE.".