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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 132
LEGITIMA DEFENSA DE UN TERCERO Y RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 132
No puede hablarse de legítima defensa de tercero, si el propio inculpado expresa que cuando intervino en los hechos ya su amigo estaba lesionado y por tanto no hubo evitación, sino que el acusado intervino en una contienda de obra que sostenía su amigo con un grupo de individuos.
Precedentes
Amparo directo 7915/58. Luis Flores Herrera. 6 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.