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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 132
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 132
Para que exista exceso en la legítima defensa, es indispensable que aquélla se encuentre configurada, pero sin que hubiera habido necesidad racional del medio empleado en la defensa o si el daño que iba a causar el agresor fuera fácilmente reparable después, por otros medios legales.
Precedentes
Amparo directo 6478/58. Mateo Alejandro Iñiguez Ponce. 27 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.