Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/262924
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 164
RIÑA. DELITO SIMPLE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 164
El ofendido no tuvo en ningún momento la intención de reñir con el reo si en su primera intervención se concretó a pedirle en buena forma que se abstuviera de injuriar a una tercera persona y cuando después regresó al lugar el reo y disparó un primer balazo en contra del ofendido, éste no lo golpeó ni aceptó la contienda, sino que únicamente se limitó a abrazarlo con el objeto de desarmarlo.
Precedentes
Amparo directo 7894/58. Juan López Reynoso. 9 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.