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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 165
RIÑA, INEXISTENCIA DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 165
Si el acusado llego en una actitud ilícita, ofensiva para la esposa del ofendido y al reprocharle éste su proceder, aquél sacó la pistola, cualquier forcejeo posterior de parte de la ofendida no constituye riña porque falta el elemento del ánimo rijoso, y más bien se trata de un acto defensivo al tratar de quitar la pistola.
Precedentes
Amparo directo 6977/58. J. Jesús Hernández Becerra. 20 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.