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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262938
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 178
ROBO. VIOLENCIA SOBRE LAS COSAS. AUTOMOVILES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 178
Correctamente se adicionó a la penalidad, en la cuantía del robo, la correspondiente a la violencia ejercitada por el autor sobre las cosas, toda vez que el vehículo robado se encontraba cerrado con llave en todas las portezuelas, por lo que al penetrar el agente a su interior, para movilizarlo, tuvo necesidad de violar las cerraduras e incluso, para extraer un objeto de la cajuela, también tuvo que violentarla y aun para tratar de llevarse el radio, usó de la fuerza física.
Precedentes
Amparo directo 1094/59. José Carlos Jiménez Palma. 29 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.