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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 179
TESTIGOS, APRECIACION DE SUS DECLARACIONES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 179
Un testimonio, aun cuando provenga de un menor de edad, e hijo del occiso, adquiere relevancia probatoria si no se recogió durante la averiguación ningún indicio de que se produjera mendazmente y, por lo contrario, los términos que usa al relatar los hechos acusan ingenuidad propia de la edad además de que sostuvo sus declaraciones en los careos.
Precedentes
Amparo directo 7905/58. Alejandro Castillo Torres. 2 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.