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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 181
TIMBRES FISCALES, FALSIFICACION DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Segunda Parte; Pág. 181
Si el reo expresó que siendo prensista de los talleres gráficos de la Nación se había dedicado en unión del grupo de falsificadores del que formaban parte a falsificar timbres fiscales de diversas denominaciones y que el declarante se encargaba de manufacturar el resello correspondiente, y entregaba a otro los timbres falsificados para su venta, resulta responsable del delito de falsificación de estampillas fiscales que se le imputa.
Precedentes
Amparo directo 3469/53. Raúl Sánchez Olivares. 21 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.