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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262992
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 113
IMPRUDENCIA. COLISION DE VEHICULOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 113
El reo incurrió en imprudencia al conducir su vehículo, toda vez que, en primer lugar, se salió del cordón destinado a los vehículos de pasajeros para rebasarlos en carril de intenso tránsito; en segundo lugar, en vez de disminuir su velocidad, como estuvo obligado a hacerlo, al cruzar la bocacalle, imprimió mayor velocidad que la inicial, y, en tercer lugar, no dio preferencia de paso al automóvil chocado, como era su obligación, puesto que éste circulaba por calles que tenían preferencia.
Precedentes
Amparo directo 2226/58. Alberto Mejía Sámano. 31 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.