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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263018
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 175

PRUEBA PERICIAL (LEGISLACION DE VERACRUZ).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 175

Precedentes

Amparo directo 3057/58. Estela Gómez de Rizo y coagraviada. 31 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 402, esta tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL (LEGISLACION DE VERACRUZ).".
Registro digital (IUS): 263018