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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 163
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 163
Si el acusado es un trabajador de los ferrocarriles, actualmente jubilado y carente de bienes de fortuna, resulta contraria a lo dispuesto por el artículo 31 del Código Penal una condena al pago del monto total de los daños.
Precedentes
Amparo directo 6769/58. J. Isabel Delgado Luna. 23 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.