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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 178
TESTIGOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 178
La autoridad natural goza de amplia facultad para decidirse por el grupo de testigos que le merezca mayor crédito, siempre y cuando no viole las reglas elementales de la lógica o altere las constancias procesales, para respetar el principio de inmediatez consagrado en nuestra legislación.
Precedentes
Amparo directo 4416/58. Reducindo Valenzuela Castillo. 9 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.