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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 10
ABIGEATO (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 10
Si está acreditado que el quejoso compró la vaca en un lugar público destinado expresamente para esa clase de comercio y delante de muchas personas, la sola omisión de exigir la factura no es dato bastante para comprobar el dolo específico que exige como elemento integrante del delito el artículo 343 bis, del Código Penal del Estado de Jalisco.
Precedentes
Amparo directo 5184/58. Baldomero Prieto Oropeza. 9 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.