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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 62
ASALTO Y ROBO EN DESPOBLADO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 62
El artículo 225 del Código Penal prevé simplemente el asalto; pero como el 322, dentro del capítulo del robo, establece penalidad especial para el robo en despoblado o en paraje solitario, esto viene a constituir una modalidad dentro del delito y por lo mismo no pueden concurrir las dos figuras delictuosas.
Precedentes
Amparo directo 2679/58. Luis Huaracha López. 9 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.