Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/263150
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 125
DROGAS ENERVANTES. MODALIDADES DEL DELITO CONTRA LA SALUD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 125
Tratándose del delito contra la salud, es necesario que se decrete la modalidad del mismo, ya que el legislador en su afán de sancionar conductas antijurídicas que ponen en peligro la salud pública y que pueden llegar a dañarla y constituir un mal que al cundir degenere la especie humana, estableció el artículo 194 del código represivo diversas modalidades, de tal manera que cuando se dicte una sentencia condenatoria, se requiere analizar si en efecto están acreditadas las modalidades del tipo delictivo.
Precedentes
Amparo directo 3421/58. María Soledad González González. 16 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.