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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 213
RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO. DEPENDENCIA ECONOMICA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 213
Si no quedó comprobada la dependencia económica de la madre de la víctima al ocurrir el deceso, la sentencia absolutoria impugnada no la agravia.
Precedentes
Amparo directo 3700/57. Zenaida Baena viuda de Diez. 15 de enero de 1959. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez S. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.