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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Segunda Parte; Pág. 104
PRUEBA PERICIAL. AVERIGUACION PREVIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Segunda Parte; Pág. 104
Una prueba no tiene el carácter de juicio pericial, si no fue ofrecida por el Ministerio Público dentro del proceso, sino que fue desahogada durante la averiguación previa, cuando actuaba como autoridad en el ejercicio de la acción penal; en tal virtud, es incongruente que dentro de esa fase preparatoria al ejercicio de la acción, se le diera intervención al acusado para que acudiera a un juicio pericial que no existió, pues la simple formulación de un dictamen dentro de tal período del procedimiento no constituye, en esencia, la mencionada prueba. Por otra parte, ya dentro del proceso, tuvo ocasión el acusado de abrir el juicio pericial si a sus intereses convenía el ofrecimiento de tal prueba o bien impugnar el referido dictamen.
Precedentes
Amparo directo 5293/57. Francisco Medina Arreguín. 10 de diciembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.