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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 176
DICTAMENES PERICIALES. CLASIFICACION DE LAS LESIONES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 176
Al expresar los médicos legistas en sus dictámenes de esencia y sanidad que dos de las lesiones fueron penetrantes de abdomen y de tórax, y por ello pusieron en peligro la vida, no eran indispensables mayores explicaciones. Por otra parte, si el reo o su defensor no hubiesen estado conformes con la manifestación contenida en esos dictámenes, pudieron perfectamente, haberlos objetado, o pedir las explicaciones del caso.
Precedentes
Amparo directo 5638/58. Luciano Fernández Flores. 26 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.