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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 216
LEGITIMA DEFENSA CONTRA POLICIAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 216
Si los acusados fueron agredidos inopinadamente por un policía que no estaba en el desempeño de ninguna función de su cargo, siendo esta agresión actual, violenta y sin derecho, pues es bien sabido que la violencia va implicada en la agresión y sin derecho porque no obstante que se trataba de un guardián de la seguridad pública, era el primero en alterarla al tomarse la facultad de registrar a los pacíficos parroquianos de la cantina, se produjo para los acusados una situación de peligro inminente en la que no riñeron, sino que se defendieron del ataque de que eran víctimas por parte del policía; y si luego uno de los reos, al ver que su hijo, enteramente desarmado, se defendía del ataque del acompañante del policía, quien portaba pistola en mano, tuvo que defenderlo con entera justificación, por tratarse de su hijo.
Precedentes
Amparo directo 7801/57. David Abrica Hernández y coagraviado. 25 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.