📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/263369
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: Sobre el tema tratado, la Primera Sala resolvió la contradicción de tesis 381/2010, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 71/2011 de rubro: "TRIBUNALES DEL FUERO MILITAR. SON COMPETENTES PARA CONOCER DE LOS DELITOS CONTRA LA DISCIPLINA MILITAR COMETIDOS CUANDO EL SUJETO ACTIVO PERTENECÍA A LAS FUERZAS ARMADAS, AUNQUE CON POSTERIORIDAD A SU COMISIÓN SEA DADO DE BAJA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 976.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 231
MILITARES DADOS DE BAJA (FUERO MILITAR).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 231
Si en el momento de cometer el delito que se le imputa, el acusado tenía el carácter de militar, aun cuando fuera dado de baja con posterioridad, los tribunales de aquel fuero sí tuvieron jurisdicción para examinar su caso. De lo contrario bastaría que cualquier procesado obtuviera o fuera dado de baja para que cesara la jurisdicción militar y aun no se ejecutaran los fallos pronunciados.
Precedentes
Amparo directo 357/58. Jesús Paredes Cabrera. 6 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Nota: Sobre el tema tratado, la Primera Sala resolvió la contradicción de tesis 381/2010, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 71/2011 de rubro: "TRIBUNALES DEL FUERO MILITAR. SON COMPETENTES PARA CONOCER DE LOS DELITOS CONTRA LA DISCIPLINA MILITAR COMETIDOS CUANDO EL SUJETO ACTIVO PERTENECÍA A LAS FUERZAS ARMADAS, AUNQUE CON POSTERIORIDAD A SU COMISIÓN SEA DADO DE BAJA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 976.