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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 236
PARCELAS DESPOJO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 236
Si un delegado del departamento agrario ordenó al acusado, como presidente del comisariado, que sin excusa se respetara a favor del ofendido la unidad de dotación íntegra de que había sido despojado, y dicho acusado toleró que se prolongara la situación irregular de que se habla, no obstante las órdenes terminantes del delegado del departamento agrario, aparece acreditada su responsabilidad en el delito de despojo de parcela previsto y sancionado por el artículo 354 del Código Agrario.
Precedentes
Amparo directo 3303/58. Manuel Zamora Negreta y coagraviados. 6 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.