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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 270
RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 270
Los hecho no tuvieron verificativo con la modalidad de la riña, aun suponiendo que inicialmente haya habido una contienda de obra entre los protagonistas, si ésta cesó con la retirada del reo, quien al volver armado actuó en venganza y no propiamente en riña, porque no existe ninguna constancia que demuestre que nuevamente hubo intercambio de golpes entre los sujetos activo y pasivo.
Precedentes
Amparo directo 3013/58. Filemón Encarnación. 6 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.