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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 270
RIÑA, INTERVENCION EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 270
Si en una franca contienda entre dos individuos, un tercero interviene asestando un golpe por la espalda a uno de los rijosos, no le favorece la situación de pendencia, sino que debe responder de su propia iniciativa y del resultado alcanzado, pues no tenía por que intervenir el reo en una pendencia que no era con él y al hacerlo, causó un homicidio sin modalidades, o sea, intencional simple.
Precedentes
Amparo directo 3078/58. Margarito Bernal Chávez. 14 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.