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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 293
VIOLACION FICTA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 293
El delito de violación ficta fue estatuido por los legisladores, en términos generales, para proteger a pequeños impúberes, cuyo consentimiento es nulo, contra actos atentatorios de su seguridad sexual.
Precedentes
Amparo directo 110/58. Felipe Zamora. 12 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.