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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263435
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 51
AMENAZAS (RIÑA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 51
Las palabras proferidas por el reo indican de manera fehaciente el animus rigendi, pero no constituyen propiamente una amenaza, que es, por su naturaleza, promesa de un mal futuro, sin solución de continuidad, de las palabras siguió la acción.
Precedentes
Amparo directo 4023/58. Enrique Hernández Wells. 20 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.