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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 56
ASOCIACION DELICTUOSA Y PARTICIPACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 56
Resulta evidente que no siempre que hay codelincuencia, se integra el delito de asociación delictuosa, que tiene elementos y características sui generis. Y si un delito fue cometido por tres personas de común acuerdo, pero no hay prueba alguna demostrativa de que estuviera organizadas con el objeto de delinquir, no está acreditando el delito de asociación delictuosa.
Precedentes
Amparo directo 2384/58. Manuel Mota García y coagraviados. 1o. de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.