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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 71
CLASIFICACION DEL DELITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 71
El que la Sala responsable haya cambiado la clasificación técnica del delito no significa que por ello se hubiese dejado en indefensión a los acusados, si desde la iniciación del proceso se les impuso del delito que se les atribuye y se les careó con las personas que depusieron en su contra, capacitándolos para conocer el motivo de la acusación y estar en aptitud de contestar los cargos.
Precedentes
Amparo directo 5545/57. José Valdez Olague y coagraviado. 29 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.