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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263474
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 117
ESTUPRO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 117
Si la propia ofendida repetidamente indicó que en forma voluntaria huyó con su novio, a sabiendas de que éste era casado y que si bien le ofreció casarse con ella, también le dijo que lo haría hasta que tramitara su divorcio, ello significa que la pretendida ofendida no fue engañada y que sabía que la promesa de matrimonio quedaba condicionada al divorcio.
Precedentes
Amparo directo 1225/58. Otilio Bernal Gutiérrez. 1o. de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.