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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 126
FALSIFICACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 126
Si el reo, aprovechando una letra de cambio en la que aparece una firma con el nombre del ofendido inició un juicio ejecutivo mercantil en contra de éste, juicio en el que se embargó y remató una finca de su propiedad, el hecho de haber aprovechado para ese juicio el documento a que se hace referencia, constituye el delito de falsificación.
Precedentes
Amparo directo 4862/57. Gonzalo Imperial Espino. 10 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.