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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263514
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 171
LIBERTAD CAUCIONAL. SENTENCIADOS EN APELACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 171
No procede la libertad caucional cuando el reo ya ha sido condenado en segunda instancia de conformidad con las pruebas rendidas en el proceso.
Precedentes
Amparo directo 168/58. Julián Medrano. 31 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.