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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 198
PREMEDITACION Y VENTAJA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 198
Si la acusada, al ir a buscar a la ofendida, se proveyó del arma que le sirvió de instrumento del delito para atacar a su rival y su decisión fue producto de una reflexión previa, matizada por el torbellino pasional de los celos, debe concluirse que las calificativas de premeditación y ventaja se encuentran comprobadas.
Precedentes
Amparo directo 7102/57. Joséfina Alvarez de la Torre. 29 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.