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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263552
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 231

RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA. RIÑA TUMULTUARIA (LEGISLACION DE TABASCO).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Segunda Parte; Pág. 231

Precedentes

Amparo directo 4257/58. Eduardo Jiménez Palomeque y coagraviado. 17 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 263552