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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 9
ABANDONO DE PERSONAS (LEGISLACION DE YUCATAN).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 9
Si el reo abandonó el hogar conyugal, sin causa justificada y sin recursos para que sus hijos menores y su esposa atendieran sus necesidades de subsistencia, es de concluirse que los elementos del delito se encuentran satisfechos.
Precedentes
Amparo directo 1918/57. Tiburcio Aragón. 30 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.