Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/263597
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263597
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 46
CLASIFICACION DEL DELITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 46
De manera constante la Suprema Corte de Justicia ha otorgado la protección constitucional a aquellos quejosos a quienes se condena por delito distinto del que en realidad se configuró con su conducta, porque con ello se viola el artículo 14 de la Constitución General de la República, que prohibe la aplicación analógica o por mayoría de razón de la ley represiva.
Precedentes
Amparo directo 5595/57. Ramón Hernández Hernández. 5 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.