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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 102
IMPRUDENCIA Y CONDUCCION DE VEHICULOS EN ESTADO DE EBRIEDAD. ACUMULACION (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 102
En el Estado de Sonora es bastante con que alguien maneje un vehículo de motor en estado de ebriedad para que se configure un delito y si, además, se causa un daño a las personas, por tratarse de momentos distintos, procede aplicar las reglas de acumulación, señaladas en el artículo 59 del Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 820/58. Octavio Palomares Miranda. 12 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.