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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 108
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 108
De conformidad con tesis constantes de la Suprema Corte, el sólo hecho de hacer movimiento para sacar un arma no constituye la excluyente, pero si dada la mecánica de los acontecimientos, y tomando en cuenta que el acusado no conocía el agresor, y que éste, intempestivamente y sin que mediara motivo alguno lo injurió y uniendo la acción a la palabra, hizo movimiento como para sacar un arma, es de concluirse que al herirlo, el acusado se excedió en la legítima defensa, puesto que no sabía qué clase de agresión iba a sufrir, por lo que, en consecuencia, no hubo necesidad racional del medio empleado en la defensa.
Precedentes
Amparo directo 2196/58. Bernabé Valencia. 30 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XII, Segunda Parte, página 187, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.".