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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 108
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 108
En el supuesto de que el ofendido hubiera realizado alguna acción tendiente a causar daño al reo, tal ataque había cesado, si las lesiones fueron causadas cuando huía, por lo que no quedan cubiertas por la excluyente de legítima defensa.
Precedentes
Amparo directo 5269/57. Fernando Cruz Abreu. 10 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.