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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 126
PERSONALIDAD. RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 126
Si la demandada, en la contestación, no opuso la excepción de falta de personalidad, aun suponiendo que existiera, el tribunal responsable carecía en la apelación de facultades para resolver sobre el punto ya que, a mayor abundamiento, el auto por el que se aceptó la personalidad del actor en el juicio, no fue impugnado por la contraparte.
Precedentes
Amparo directo 744/58. Cooperativa Autotransportes Cañón de Juchipila, S. C. L. 5 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.