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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 147
RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO (PASAJEROS DE AUTOBUSES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 147
El hecho de que la menor ofendida careciera del boleto correspondiente, es irrelevante, pues aun suponiendo que la misma no hubiera viajado en el autobús, bastaría la demostración de que el conductor del mismo le produjo la muerte, para la procedencia de la acción sobre responsabilidad civil exigible a terceros.
Precedentes
Amparo directo 744/58. Cooperativa Autotransportes Cañón de Juchipila, S. C. L. 5 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.