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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 154
RIÑA. PENA APLICABLE AL PROVOCADO (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Segunda Parte; Pág. 154
Si el Código Penal aplicable, expresa que al provocado en un homicidio en riña se le aplicará hasta la mitad de la pena establecida en el homicidio simple (de 8 a 15 años de prisión), el límite mínimo de dicha pena es la de cuatro años.
Precedentes
Amparo directo 2761/57. Maximiliano Contreras Muñoz. 11 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.