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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
263708
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 59

CICATRICES.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 59

Precedentes

Amparo directo 6830/58. Crescenciano Jiménez. 13 de Agosto de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen VII, página 16, tesis de rubro "CICATRICES (LEGISLACION DE PUEBLA).".
Registro digital (IUS): 263708