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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 64
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 64
Si bien el Juez natural, de acuerdo con sus facultades prudentemente potestativas, puede conceder al quejoso la condena condicional, ello está subordinado a la circunstancia de que sean satisfechos todos y cada uno de los requisitos que regulan el instituto de la condena condicional.
Precedentes
Amparo directo 5562/57. Gustavo Hernández Bautista. 22 de agosto de 1958. Mayoría de tres votos. Ponente y disidente: Luis Chico Goerne.