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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 68
CONDENA CONDICIONAL. INDULTO (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 68
Si con la reducción a que tiene derecho el reo, de acuerdo con la Ley del Indulto vigente, la pena aplicable resultara menor de dos años, no procedería la concesión del beneficio de la condena condicional, ya que la peligrosidad del sujeto había sido apreciada por la autoridad sentenciadora.
Precedentes
Amparo directo 2502/57. Federico Maldonado Mendías. 23 de agosto de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez S. Ponente: Juan José González Bustamante.