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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 73
CONFESION CALIFICADA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 73
Si la primera declaración tiene el carácter de confesión lisa y llana sobre el hecho y la segunda, al agregar la circunstancia o motivación del disparo, adquiere el rango de "confesión cualificada" y si ambas confesiones pueden complementarse, cabe afirmar que se esta en presencia de una confesión cualificada y por tanto indivisible.
Precedentes
Amparo directo 636/57. Andrés Palacios Arias. 20 de Agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.