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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 263740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 101
DROGAS ENERVANTES. ACUMULACION IMPROCEDENTE POR LAS MODALIDADES DEL DELITO CONTRA LA SALUD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 101
El delito contra la salud es único, cualesquiera que sean sus modalidades, y por eso el legislador le dio al juzgador un arbitrio tan amplio, como es la pena de uno a diez años para que éste aplique la que crea conveniente, dependiendo dicha aplicación, de las modalidades en cada caso concreto, y no procede la acumulación por la siembra, el cultivo y la posesión a que se refiere el artículo 64 del Código Penal, pues no se trata en el caso de tres delitos distintos.
Precedentes
Amparo directo 2672/57. Filomeno Sanabia. 23 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.